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Ley natural

Ley natural
Ley natural, agrupación de fundamentos que, en ética, teología, derecho y teoría social, se refiere a lo que se supone son las características estables de la naturaleza humana, que pueden servir como modelo para guiar y valorar el comportamiento y las leyes de los ciudadanos. La ley natural se juzga, en esencia, invariable y aplicable en un sentido universal. A causa de la ambigüedad de la palabra ‘naturaleza’, el significado de natural varía. De este modo, la ley natural puede ser identificada como un ideal al que aspira la humanidad, o un suceso general entendido como el modo en que actúan por norma o norma general los seres humanos. La ley natural es diferente de la ley positiva, establecida por la sociedad civil.

Teorías clásicas

Los filósofos griegos fueron los primeros en elaborar una doctrina de la ley natural. En el siglo VI a.C., Heráclito conversaba de una sabiduría común que impregna todo el Universo: ‘todas las leyes humanas se nutren de una, la divina’. Aristóteles distinguía entre dos clases de justicia: ‘Una norma de justicia es natural en el momento en que tiene la misma validez en todas partes, y no depende de que la aceptemos o no; una norma es legal (convencional) en el momento en que en primera instancia puede ser fijada en un sentido u otro con indiferencia’.

Los filósofos estoicos, especialmente Crisipo de Soli, elaboraron una teoría sistemática de la ley natural. Según el estoicismo, el cosmos está organizado respondiendo a un principio racional por un principio activo, el logos, llamado de diversos modos: Dios, alma o destino. Toda naturaleza individual es parte del cosmos. Vivir conforme al imperativo de la virtud significa vivir en equilibrio con la propia naturaleza, vivir conforme a la razón. Puesto que la pasión y la emoción se juzgan como movimientos irracionales del alma, el sabio busca erradicar las pasiones y abraza de manera consciente la vida racional. Esta doctrina fue extendida entre los romanos por el orador del siglo I a.C. Marco Tulio Cicerón, que formuló una famosa definición de ley natural en su De Republica: ‘La ley legítima es la razón justa de conformidad con la naturaleza; es de aplicación universal, invariable y eterna; retiene la voluntad del cumplimiento de sus mandatos, y aparta del mal por sus prohibiciones. No existirán leyes diferentes en Roma y Atenas, o diferentes leyes ya y en el futuro, sino que una ley eterna e invariable tendrá validez para todas las naciones y en todas las épocas’. En el Corpus Iuris Civilis, compilación y codificación del Derecho romano promulgada en el 534 por el emperador Justiniano I, se reconocía una ius naturale, sin embargo no existía ninguna aseveración de que la ley natural sea superior a la ley positiva y ninguna manifestación de los derechos humanos (la esclavitud, por ejemplo, era así pues legal).

Teorías cristianas

Los cristianos encontraban la doctrina de la ley natural de los estoicos compatible con sus convicciones. San Pablo conversaba de los gentiles, que no asumen la ley de Moisés, cumpliendo ‘por naturaleza lo que la ley reclama’ (Rom. 2,14). El teólogo hispano del siglo VI san Isidoro de Sevilla aseguraba que la ley natural se observa en todas partes por instinto natural; citaba como muestra las leyes que dictaminan el casamiento y la reproducción. Los textos de san Isidoro, citados por el erudito italiano Graciano en el comienzo de su Decretum (1140?), el destacado manual de Derecho canónico durante la Edad JMedia, incitaron a una amplia discusión entre los más relevantes representantes del escolasticismo. De las teorías de estos últimos sobre la ley natural, la de santo Tomás de Aquino es la más conocida. En su Summa Theologiae (1265-1273), santo Tomás llamaba ‘ley eterna’ al gobierno racional de la producción de Dios. Ésta confiere a todos los seres la orientación de aquellas acciones y fines que les son propios. Las criaturas racionales, mediante la dirección de sus propias acciones y guiando las acciones de los otros, intervienen de la razón divina en sí misma. ‘Esta cooperación en la ley eterna de las criaturas naturales se llama ley natural’. Sus dictados corresponden a las inclinaciones elementales de la naturaleza humana. De este modo, de conformidad con santo Tomás de Aquino, es posible discernir el bien del mal mediante el conocimiento natural de la razón.

Teorías modernas y contemporáneas

El jurista holandés Hugo Grocio está considerado el autor de la teoría moderna de la ley natural. Su definición de ésta como agrupación de normas que pueden ser descubiertas por el uso de la razón es convencional, sin embargo al presentar la hipótesis de que su ley tendría validez siempre, aunque no existiera Dios o en el supuesto de que los conflictos de los seres humanos no tuvieran ninguna relevancia para Dios, fijó una división de los cálculos teológicos y preparó la vía para las teorías racionalistas de los siglos XVII y XVIII. Por esta vía se desvinculó del escolasticismo en su metodología, aunque no en su contenido. Una segunda innovación de Grocio fue considerar esta ley como deductiva e independiente de la experiencia; en su obra De iure belli ac pacis (Sobre el derecho del conflicto bélico y la paz, 1625) aseguraba: ‘De este modo como los matemáticos tratan las figuras como abstracciones de sus cuerpos, así en el trato de la ley he distanciado mi proceso de todos los sucesos individuales’.

El jurista alemán Samuel von Pufendorf desarrolló de manera más completa el concepto de una ley que instaurase el orden natural. En sus obras Leviatán (1651) y Tratados sobre el gobierno civil (1690), los filósofos ingleses del siglo XVII Thomas Hobbes y John Locke, respectivamente, sugerían una condición primigenia de la naturaleza de la cual surgía un contrato social, y relacionaban y complementaban esta teoría con la de la ley natural. La doctrina de Locke, para quien la condición humana había dotado a los individuos de ciertos derechos inalienables que no podían ser violados por ninguna autoridad terrenal, fue incorporada a la Declaración de Independencia estadounidense (1776).

A lo largo del siglo XIX, un espíritu crítico dominó las discusiones sobre la ley natural. Su misma existencia se consideró improbable, y fue en gran parte sustituida en la teoría legal por el utilitarismo, enunciado por el filósofo inglés Jeremy Bentham como ‘la máxima felicidad del mayor número de personas’, y por el positivismo legal, conforme el cual la ley se basa en única en los ‘mandatos del gobernante’, en expresión del jurista inglés John Austin.

Las atrocidades cometidas por la Alemania nacionalsocialista durante la II Guerra Mundial reavivaron el interés por hallar una norma superior a la ley natural. La Carta fundacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) proclamaba la ‘fe’ de esta organización en los derechos humanos. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de la ONU fijó la Declaración Universal de Derechos Humanos que, sin embargo, constituyó más un pronunciamiento moral que un tratado de obligado cumplimiento.

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