La administración indirecta consiste en una entidad pública vinculada a un ministerio que tiene la intención de prestar servicios públicos. Se basan en las actividades de descentralización y distribución.
Las entidades son autárquicas, fundaciones públicas, empresas públicas y sociedades de economía mixta. En derecho administrativo, autarquías son entidades administrativas autónomas con atribuciones estatales específicas dedicadas a la prestación de servicios públicos. La gestión puede ser directa (con sus propios medios), interesada (basada en un contrato administrativo), a través de sociedad de economía mixta (actuando por sí o por medio de una entidad pública), gestión privada o indirecta (con persona privada).
Las fundaciones públicas son creadas por ley específica y bajo decreto.
Las sociedades de economía mixta son compuestas por empresas que poseen participación en el poder público y de entidades privadas en su capital y en su administración para la realización de actividades económicas.
Ya la empresa pública presenta personalidad jurídica privada, el patrimonio es propio pero el capital invertido es solamente de la unión.